
Foto. Parque Saavedra, Buenos Aires, Argentina.
Una tarde de poco sol, mates y bici.
Quizás no haya algo tan básico para pasarla bien.
Cero costo, infinita conexión.



"Abro la puerta y salgo a pedal por las calles de la ciudad
la tierra gira un poco más lenta en bicicleta
voy sin apuro por ahí para ver quien anda en la vuelta
no veo nada
ninguna bici atada..."
La Viaraza - Bicicleta





La ley Nº 2148 establece, con carácter general, las siguientes normas de estacionamiento para las arterias de la Ciudad de Buenos Aires.
-Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a ambas aceras los días hábiles entre las 7 y las 21 horas en las avenidas con doble sentido de circulación, con excepción de la Av. 9 de Julio, la Av. Perito Moreno y las calzadas centrales de las avenidas Leandro N. Alem, Paseo Colón y Sáenz, en las cuales la prohibición rige todos los días durante las 24 horas.
-Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda los días hábiles entre las 7 y las 21 horas en avenidas con sentido único de circulación.
-Prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda todos los días durante las 24 horas en las calles con sentido único de circulación.
En el caso de las calles o avenidas de doble sentido de circulación, ambas aceras se consideran como acera derecha.
Prohibición general de estacionamiento:
-En doble fila.
-En las esquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar la ochava, como así también sobre la demarcación horizontal de sendas peatonales o líneas de pare.
Respecto a la detención, la Ley Nº 2148 la define como la permanencia sin movimiento de un vehículo junto a la acera por un tiempo estrictamente necesario para casos de:
-Control de tránsito realizado por autoridad competente.
-Ascenso o descenso de pasajeros.
-Carga y descarga.
No se considera detención a la permanencia sin movimiento en un sector de la vía pública de un vehículo por circunstancias de la circulación o por causas de fuerza mayor.
La detención en doble fila está prohibida, excepto como detención previa ala maniobra de estacionamiento. La detención sólo puede realizarse junto al cordón de manera paralela a éste, siempre que la misma esté permitida.
Seguridad y Educación vial. PDF Descargar


